Cuando el adulterio era delito en España: la reforma de 1978
En España, el adulterio y el amancebamiento dejaron de ser delito con la Ley 22/1978, de 26 de mayo, publicada en el BOE del 30 de mayo de 1978. Derogó los artículos 449 a 452 del Código Penal, que castigaban con prisión menor a la mujer casada adúltera y, de forma más restringida, al marido amancebado.
Lo que tratará el artículo completo
- ¿Qué castigaba el Código Penal antes de 1978?
- ¿Por qué el adulterio femenino y el amancebamiento se trataban de forma distinta?
- ¿Quién podía denunciar y qué efecto tenía el perdón del marido?
- ¿Cómo se tramitó y aprobó la Ley 22/1978?
- ¿Qué consecuencias legales conserva hoy la infidelidad?
Preguntas frecuentes
- ¿Qué pena tenía el adulterio en España?
- ¿Podía el marido perdonar a la esposa adúltera?
- ¿Qué era el delito de amancebamiento?
- ¿Es delito la infidelidad hoy en España?
Fuentes
- boe.gob.es — https://boe.gob.es/boe/dias/1978/05/30/pdfs/A12440-12440.pdf
- en.wikipedia.org — https://en.wikipedia.org/wiki/Adultery_in_Francoist_Spain_and_the_democratic_transition
- raed.academy — https://raed.academy/en/from-adultery-to-de-facto-couples/
Información general, no es asesoramiento jurídico ni religioso.